La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley la reforma de la Ley 26.639, conocida como Ley de Glaciares, en una sesión especial que terminó durante la madrugada del jueves. El proyecto, impulsado por el Poder Ejecutivo, obtuvo 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones, y quedó sancionado de manera definitiva tras haber sido aprobado previamente por el Senado.
La Ley de Glaciares vigente desde 2010 había sido creada como una norma de presupuestos mínimos ambientales para preservar los glaciares y el ambiente periglacial como reservas estratégicas de recursos hídricos. Su texto original establecía una protección amplia sobre esas zonas e impedía allí actividades capaces de afectar su estabilidad, contaminar el agua o alterar su función ecológica.
La reforma aprobada introduce un cambio central: la protección deja de abarcar de forma amplia a todo el ambiente periglacial y pasa a enfocarse en los glaciares y en las geoformas periglaciares que tengan funciones hídricas relevantes o comprobadas. En los hechos, el nuevo criterio redefine qué áreas quedan bajo tutela ambiental estricta y cuáles pueden quedar sujetas a otros tipos de evaluación o habilitación.
Otro punto clave es el mayor peso que adquieren las provincias. Tanto el Senado como el Gobierno nacional señalaron que la reforma busca compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo productivo y las competencias de cada jurisdicción sobre sus recursos naturales. En esa lógica, las provincias pasan a tener un papel más determinante al momento de aplicar criterios sobre áreas periglaciares y su eventual aprovechamiento.
El debate político y técnico fue intenso. Desde el oficialismo y sectores que respaldaron el proyecto, se sostuvo que la modificación no elimina la protección de los glaciares, sino que busca “aclarar conceptos” y dar mayor previsibilidad jurídica. En cambio, desde la oposición, organizaciones ambientales y especialistas se advirtió que la reforma puede implicar un retroceso en materia de protección, al reducir el alcance de la cobertura nacional mínima y trasladar decisiones clave a las provincias.
Entre los cuestionamientos más repetidos aparece el temor a que áreas antes alcanzadas por una protección más amplia puedan quedar ahora expuestas a proyectos extractivos, especialmente mineros, si no se las considera de función hídrica relevante bajo el nuevo criterio. También se discutió el impacto que la reforma podría tener sobre la uniformidad de los estándares ambientales en todo el país.
En el caso de Tucumán, la votación mostró un respaldo mayoritario a la reforma. Según el acta nominal oficial de la Cámara, votaron a favor los diputados Mariano Campero, Elia Marina Fernández, Gerardo Huesen, Gladys Medina, Soledad Molinuevo, Javier Noguera y Federico Agustín Pelli. En tanto, Pablo Yedlin figura como ausente.
La sanción de esta reforma marca un punto de inflexión en uno de los debates ambientales más sensibles del país. El eje de la discusión ya no pasa sólo por si habrá o no protección sobre los glaciares, sino por qué se protege exactamente, bajo qué criterio técnico y con qué margen de decisión para las provincias. Allí está el corazón del nuevo escenario: una ley que el oficialismo presenta como una corrección necesaria y que sus críticos consideran una flexibilización de los resguardos ambientales.



